Tramites en una herencia
- Obtención de toda la documentación relacionada con la herencia como certificados de defunción, últimas voluntades, seguros de cobertura de fallecimiento, nacimiento, matrimonio, etc.
- Obtención del testamento, en caso de que se haya otorgado.
- Tramitación de herencias con Certificado Sucesorio Europeo para casos de ciudadanos europeos fallecidos con bienes en España.
- Elaboración del cuaderno particional.
- Tramitación de la escritura de aceptación y adjudicación de herencia o de la declaración de herederos ya sea notarial o judicial, según el caso, incluso, la tramitación de la partición judicial de la herencia en caso de conflicto de intereses entre los herederos.
- Asesoramiento y liquidación de los impuestos relacionados (Impuesto sobre Sucesiones, Plusvalía Municipal, etc.).
- Inscripción de títulos de propiedad en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Con este documento te podrás orientar inmediatamente y paso a paso de la secuencia de trámites que tendrás que realizar para tramitar la herencia que tienen entre manos.
¡Esperamos que te sea útil!
¿Cuándo se puede heredar?
El derecho a heredar se produce cuando fallece una persona, dependiendo de cada caso, si el fallecido tiene hijos, se procederá a dividir la herencia entre los hijos, se repartirán entre estos herederos, respetando 1/3 de la legítima, 1/3 de mejora y 1/3 de libre disposición.
En el caso de que el fallecido no tuviese hijos, habrá que acudir a los padres del fallecido, y si no fuese posible, a su cónyuge, o hermanos, tíos, primos…
Como puede ver, el orden de personas que están llamadas a heredar puede cambiar en función de cada caso, por eso, le aconsejamos que se ponga en contacto con nuestro equipo de especialistas en derecho sucesorio para que pueda obtener el mejor asesoramiento en materia hereditaria.
¿Cómo puedo saber si existe testamento?
En España normalmente las personas acuden al notario para otorgar testamento y, una vez otorgado, el notario remite el testamento al Registro de Actos de Ultima Voluntad, organismo dependiente del Ministerio de Justicia. Para saber si una persona ha otorgado testamento, hay que obtener un certificado de últimas voluntades de este Registro. Lo necesitarás para realizar cualquier trámite en relación con la herencia aunque en el mismo conste que no se otorgó testamento.
Lo mismo ocurre con el Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, que se puede obtener ante el mismo organismo. ¡No te olvides de solicitarlo a la vez! Si el Certificado de Actos de Ultima Voluntad te indica que la persona otorgó testamento, tendrás que contactar con el notario ante el que se otorgó para que te de una copia (se llama “copia autorizada”) de dicho testamento, conocer su contenido y poder continuar con la tramitación de la herencia según la voluntad del testador. Nosotros podemos gestionar estos trámites.
¿Qué es un testamento abierto?
Es el testamento otorgado ante notario y el que más se utiliza en España por las ventajas que supone utilizarlo. Además de su bajo coste, el notario interviniente da fe de quién otorga el testamento y la fecha en la que se otorgó y así no hay duda de cuál ha sido el último testamento otorgado en caso de haber hecho varios, así como de su contenido. También se garantiza la custodia del testamento que quedará en los archivos del notario para poder recuperarlo cuando fallezca el testador.
¿Cuándo procede hacer una declaración de herederos?
En el resto de casos, la declaración de herederos se tramitará por vía judicial y en este caso es obligatoria la intervención de abogado cuando los bienes de la herencia superan los 2.404,05 €.
¿Qué es la legítima en una herencia?
La legítima viene recogida en nuestro Código Civil, y es entendida como una porción de bienes que el testador NO PUEDE disponer de ella, ya que la ley ha reservado a determinados herederos dicha porción, estos herederos son considerados como herederos forzosos.